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La USTR anunció aranceles del 10% bajo la Sección 301 para 60 economías a partir del 24 de julio de 2026

Estimado Socio:

Hacemos de su conocimiento que la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) ha anunciado nuevos aranceles bajo la Sección 301 relacionados con el trabajo forzoso, los cuales incluye

La USTR anunció aranceles del 10% bajo la Sección 301 para 60 economías a partir del 24 de julio de 2026

Estimado Socio:

Hacemos de su conocimiento que la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) ha anunciado nuevos aranceles bajo la Sección 301 relacionados con el trabajo forzoso, los cuales incluyen a México. Los aranceles se aplican a las importaciones provenientes de 60 economías a partir del 24 de julio de 2026. La tasa arancelaria general para México es del 10%, sin embargo, los tomates frescos de México no están sujetos a estos aranceles.

Cabe señalar que los tomates frescos de México están exentos del nuevo arancel en virtud de dos disposiciones distintas.

En primer lugar, la notificación exime a todos los productos mexicanos que ingresan libres de aranceles bajo el T-MEC (USMCA). Por consiguiente, los tomates mexicanos que cumplen con los requisitos para ingresar bajo el T-MEC no están sujetos al nuevo arancel de la Sección 301.

En segundo lugar, el Anexo II excluye de manera independiente todos los tomates frescos o refrigerados clasificados en las partidas HTSUS 0702.00.20, 0702.00.40 y 0702.00.60. Estas disposiciones abarcan los tomates frescos importados durante cualquier época del año.

Atentamente

AMHPAC

 

RESOLUCIÓN ITC: Cambio de Circunstancias

Comunicado Oficial a la Membresía

30 de junio de 2026

Estimados Productores de Tomate:

Les informamos que el día de hoy la Comisión de Comercio Internacional (ITC, por sus siglas en inglés) emitió su resolución respecto al proceso de Revisión por Cambio de Circunstancias iniciado el año pasado.

La Comisión determinó que las condiciones analizadas entre los años 2019 y 2026 no justifican una modificación a la Orden de Antidumping vigente. Al resultar esta resolución en sentido negativo, tanto la Orden de Antidumping como el arancel correspondiente se mantienen sin cambios.

Agradecemos a toda la membresía por su valioso apoyo y esfuerzo en la atención de los cuestionarios, así como a quienes participaron activamente con sus testimonios escritos y orales durante la audiencia pública.

Reiteramos nuestro compromiso de continuar con las gestiones necesarias ante las autoridades competentes, tanto en México como en los Estados Unidos, para la firme defensa de los intereses de nuestro sector.

Atentamente,

AMHPAC

ASUNTO: REVISIÓN ADMINISTRATIVA

29 de junio de 2026

Estimado Socio:

Hacemos de su conocimiento que a partir del 1º. de julio del año en curso, las empresas interesadas podrán notificar al USDOC su intención de participar en la revisión administrativa anual 2025-2026.

Los exportadores que hayan realizado su autoevaluación y deseen participar en dicha revisión podrán hacerlo por nuestro conducto solicitando el formato que hemos diseñado para tal efecto.

Estaremos recibiendo solicitudes hasta el 24 de julio mismas que enviaremos a nuestros abogados para su presentación oficial al USDOC.

  • Favor de enviarla a cualquiera de las siguientes direcciones:

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A los exportadores que deseen participar como Voluntary Respondants deberán hacerlo de manera individual y directa a partir de mañana 30 de junio a las 5:01pm (hora Washington DC) en el portal de ACCESS del USDOC (https://access.trade.gov).

Cualquier duda estamos atentos para brindarles apoyo.

Atentamente

AMHPAC

Se firma Acuerdo Nacional para el Ordenamiento del Tomate

 

04 de junio de 2026

El día de ayer se llevó a cabo el evento encabezado por la Presidenta Claudia Sheinbaum, en conjunto con la Secretaria de Agricultura, Columba López, para anunciar la celebración del Acuerdo Nacional para el ordenamiento de la producción, el abasto y la comercialización justa del jitomate, en las instalaciones de la Secretaría de Economía.

Este Acuerdo tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación y colaboración entre los sectores público, productivo, comercial, académico y de investigación, para contribuir al ordenamiento de la producción y la vinculación con la cadena comercial del jitomate, mediante la identificación de productores y centros de comercialización, la vinculación entre la oferta y la demanda, la planeación de la producción, el fortalecimiento de esquemas de comercialización directa, el acceso a insumos estratégicos, la prevención de riesgos sanitarios, fitosanitarios y climatológicos, así como la capacitación y el acompañamiento técnico continuo. Todo con el propósito de fortalecer la soberanía alimentaria, contribuir al abasto oportuno del jitomate y favorecer condiciones que permitan la construcción de precios justos tanto para los productores como para los consumidores.

Dentro de las motivaciones del Acuerdo, se reconoce la necesidad de impulsar de manera sostenible la producción agrícola de los productores de pequeña y mediana escala, para que contribuyan de manera constante a la oferta de jitomate en mercado nacional y abonen a la autosuficiencia alimentaria. 

Así mismo, establece que las personas productoras con programas de exportación, que firmen voluntariamente este acuerdo, se comprometerán a seguir contribuyendo al mercado nacional aún en circunstancias extraordinarias, siempre que ello no afecte el cumplimiento de sus compromisos comerciales de entrega previamente adquiridos en el extranjero.

La adhesión a este acuerdo es meramente voluntaria y de manera individual. De tal forma que solo serán beneficiarios del mismo, los productores que se registren en la plataforma del Sistema que para tales efectos presente la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER).

Dicho Acuerdo ha sido suscrito por la Presidencia de la República, la SADER, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría Federal del Consumidor, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias. Por el sector comercial, firmaron el Acuerdo la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (ANTAD) y las mayores tiendas de autoservicio en lo individual, la Confederación Nacional que agrupa a las Centrales y los Mercados de Abasto de México (CONACCA), representantes de insumos básicos e instituciones de Investigación y Educativas.  

Por el sector productivo, firmaron diversos productores del Sistema Producto Tomate de manera individual, y estuvieron presentes en el evento, los organismos que integran la industria de tomate fresco, la CIDH -CAADES, la AMHPAC, el CABC, y la APHYM, quienes formaron parte activa del proceso de diálogo y coordinación con la SADER, en relación con este Acuerdo.

Les haremos llegar la versión final del Acuerdo en cuanto lo recibamos de la SADER.

Atentamente

AMHPAC