INFOFLASH LEGAL AMHPAC 18 NOVIEMBRE 2025

Infoflash Legal AMHPAC

18 de noviembre de 2025

Publicación en el Diario Oficial de la Federación 10/11/2025

MODIFICACIÓN AL PLAZO LEGAL PARA APLICAR LA REFORMA AL ART. 29 DE LA LEY DEL INFONAVIT (2025)

  • El 21 de febrero de 2025 se publicó en el DOF un Decreto que reformó el artículo 29 de la Ley del Infonavit.
  • La reforma establece que los descuentos al salario de los trabajadores destinados a pagar créditos del Infonavit no se suspenderán por ausencias o incapacidades.
  • Para implementar esta modificación, es necesario que el patrón ajuste sus sistemas de nómina y procesos administrativos.
  • El 15 de mayo de 2025 se publicó un primer Aviso que establecía que la reforma aplicaría a partir del pago de salarios del 4° bimestre de 2025 (julio-agosto), pagadero a más tardar el 17 de septiembre de 2025.

Nuevo plazo para aplicar la reforma

  • La reforma al artículo 29 deberá aplicarse a partir del pago de salarios del 6° bimestre de 2025 (noviembre-diciembre).
  • Este pago deberá realizarse a más tardar el 17 de enero de 2026.

Obligación a tomar en cuenta

  • Realizar los ajustes necesarios en:
    • Sistemas de nómina
    • Procesos administrativos internos
    • Mecanismos de cálculo, determinación y entero de descuentos para créditos Infonavit.

Implicaciones a corto plazo

  1. Nuevo periodo de adaptación: Se otorga un plazo adicional para modificar sistemas y procesos.
  2. Descuentos continuos: Las retenciones de crédito Infonavit no se interrumpirán en ausencias e incapacidades.
  3. Aplicación obligatoria en 2026: La carga administrativa comienza a ejercerse efectivamente en el pago de enero 2026.

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